Ciudad Juárez,-Durante la cuarta sesión del periodo ordinario de sesiones del Congreso del Estado, se aprobó la Ley de Extinción de Dominio del Estado de Chihuahua, en los hechos delitos como: el secuestro, robo de vehículos y trata de personas, además en el caso de la muerte del o los probables responsables no se cancela la acción de extinción de dominio
Dicha ley fue una iniciativa con carácter de decreto presentada por el Gobernador José Reyes Baeza Terrazas, lo que convierte a Chihuahua en el primer estado con contar con esta legislación, se indicó.
Es una herramienta para dotar a las autoridades encargadas de la impartición y procuración de justicia de elementos que permitan la asignación a favor del Estado de determinados bienes que sean utilizados por el crimen organizado además para combatir la delincuencia y la impunidad.
Algunos aspectos relevantes de la ley:
El ejercicio de la acción de extinción de dominio corresponde al Ministerio Público, quien formulará la demanda, previo acuerdo del Procurador General de Justicia del Estado.
La sentencia deberá declarar la extinción de dominio sobre el o los bienes objeto de la acción, sin comprensión ni prestación alguna por parte del Estado a favor del propietario. En caso de que el tribunal declare improcedente la acción de extinción de dominio de todos o de alguno de los bienes objeto de la acción, ordenara la devolución de los mismos, disponiendo su entrega inmediata y, de no ser posible, cubriendo la indemnización que corresponda conforme las posibilidades del fondo. (Cabe hacer mención que este fondo, será constituido como un fideicomiso público).
Se exceptúan las armas de fuego, municiones, explosivos, narcóticos, la fauna y la flora, materiales peligrosos y demás bienes cuya propiedad o posesión se encuentre prohibida, restringida o regulada, en cuyo caso se procederá en los términos de la legislación aplicable.
APRUEBAN EXTINCIÓN DE DOMINIO

Leave a Comment